Un derecho de petición que debe ser firmado por toda una ciudad

martes, 2 de octubre de 2012

Campo Elías Terán se reintegra al cargo luego de su estancia en Bogotá por asuntos médicos (19/09/2012) 
Cartagena esta al garete. El alcalde de la ciudad Campo Elías Terán sigue empecinado en continuar al mando de un barco que no tiene timón, además de la incertidumbre en la que ha sumido la ciudad por cuenta del hermetismo en el que han mantenido su estado real de salud. Por ello se ha redactado el siguiente derecho de petición para exigir al Concejo Distrital que tome las medidas necesarias para obtener de galenos autorizados un parte definitivo de la salud del alcalde que de a la ciudadanía una idea clara de las acciones que deberá emprender para el beneficio de la ciudad. 

En estos momentos de crisis, Cartagena necesita que los ciudadanos, universitarios, profesionales, intelectuales y personas del común se mantengan alerta frente a esta situación, y prestos a buscar soluciones para que Cartagena no se siga viendo afectada por una caterva de vencejos que están pescando en río revuelto.  

Derecho de Petición enviado al Concejo Distrital el 29 de setiembre de 2012. No se pudo establecer el nombre del solicitante, que prefirió mantenerse en el anonimato. 

CONCEJO DISTRITAL DE CARTAGENA.
Dr. RAFAEL MEZA PEREZ
Presidente Concejo de Cartagena
Ciudad.

REF: DERECHO DE PETICIÓN AMPARADO EN EL ARTICULO 23 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL.

HECHOS

En mi calidad de ciudadano colombiano, mayor de edad, nacido y residente de esta ciudad, y en base a los derechos que me asisten por medio de la Constitución Nacional y en aras de defender los derechos de esta ciudad acudo a usted para lo pertinente.

En la ciudad de Cartagena se ha presentado una situación de ingobernabilidad lo que está generando un clima de inseguridad, malos manejos de los dineros públicos, obras inconclusas, falta de atención en salud, en educación, la ciudad se encuentra sin rumbo con un mandatario enfermo con un diagnostico muy reservado por parte de sus familiares y funcionarios cercanos a la administración distrital. 

Los alcaldes encargados durante sus repetidas ausencias por incapacidad médica sin poder resolver las anteriores situaciones y problemáticas conocidas por todos los cartageneros, siguen llevando a nuestra ciudad a la crítica situación y repetidos escándalos por malos manejos administrativos los cuales ya se conocen por parte de toda la ciudadanía cartagenera.

Debido a la penosa enfermedad que afronta el señor Alcalde Mayor de esta ciudad, Señor CAMPO ELIAS TEHERAN DIX, elegido por voto popular y posesionado el día 01 de enero de 2012, solo deseando como hijo de Dios su pronta recuperación, pero a su vez queriendo que mi ciudad no se vaya al traste en materia administrativa y siendo uno de los cartageneros que vivimos y queremos que nuestra ciudad salga adelante con una buena administración y con un mandatario que tenga las capacidades motrices, mentales, físicas y neurológicas, y los respectivos conocimientos de manejo de los dineros públicos. 
Debido al silencio a cerca de la verdadera situación de salud que padece nuestro mandatario, e impedimentos para desempeñar el cargo, y con la poca información que se ha entregado por parte de sus secretarios nosotros los cartageneros merecemos conocer, y saber de parte de la única entidad que puede dar el diagnóstico definitivo como lo es el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, si estamos verdaderamente ante una persona que tenga su salud y capacidad para dirigir los destinos de esta ciudad. 

De acurdo a la ley 136 de 1994, en su “ARTÍCULO 98, “FALTAS ABSOLUTAS”. Son faltas absolutas del alcalde: 

a) La muerte; 
b) La renuncia aceptada; 
c) La incapacidad física permanente; 
d) La declaratoria de nulidad por su elección; 
e) La interdicción judicial; 
f) La destitución; 
g) La revocatoria del mandato; 
h) La incapacidad por enfermedad superior a 180 días. 
Y basándome en el literal c que reza “c) La incapacidad física permanente. 

Y en el ARTÍCULO 100. RENUNCIAS, PERMISOS Y LICENCIAS. “La renuncia del alcalde o la licencia o el permiso para separarse transitoriamente del cargo, la aceptará o concederá, el Gobernador respectivo o el Presidente de la República en el caso del Distrito Capital de Santafé de Bogotá. Las incapacidades médicas serán certificadas por el médico legista u oficial del lugar o por la entidad de previsión o servicio de seguridad social, si lo hubiere, en el respectivo municipio o distrito”.

Solicito a usted lo siguiente:

PRETENSIONES:

1-Sirvase usted ordenar mediante las facultades que les dá la ley al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en la ciudad de Bogotá para que se le realice al señor Alcalde Mayor de Cartagena de Indias, señor CAMPO ELIAS TEHERAN DIX, examen general físico, mental, neurocerebral, para medir los alcances de su enfermedad y en qué nivel se encuentra el cáncer que padece nuestro alcalde y en donde se me certifique a través del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que la enfermedad que padece el mandatario no impide que el mismo ejerza sus funciones y que no tiene impedimentos de salud que le impedirían ejercer el cargo como alcalde mayor de Cartagena de indias Dt y C.

2- De acuerdo al resultado arrojado por parte del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, se le informe a toda la ciudadanía cartagenera y nacional las verdaderas condiciones en que se encuentra el mandatario, y si verdaderamente puede seguir ejerciendo el cargo.

3- Sírvase usted en su competencia decretar la falta absoluta del cargo de ALCALDE MAYOR de la ciudad de Cartagena de Indias, por los resultados que arrojen el examen que se le realice al señor Alcalde Mayor de Cartagena señor CAMPO ELIAS TEHERAN DIX.

4- Sírvase usted enviarme copia del requerimiento debidamente recibido por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Recibo notificación en la dirección: Kra 81 # 22 D 183 Barrio San Fernando de la ciudad de Cartagena. Teléfono 3006300334

Cordialmente,

ORIGINAL FIRMADO


RECIBIDO EN EL CONCEJO DISTRITAL DE CARTAGENA POR LA SECRETARIA ISABEL GONZALES EN LA FECHA SEPTIEMBRE 29 DE 2012 A LAS 10: 28 AM


El anterior documento fue tomado de este enlace.

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